El 26 de febrero de 2026 se ha publicado en el BOE el III Convenio Estatal de Acción e Intervención Social (3CAIS) culminando el proceso de negociación desarrollado en los últimos meses. Este acuerdo supone mejoras salariales, reducción de jornada y refuerzo de derechos estructurales para el conjunto del sector.
Este convenio supone un avance estructural en estabilidad, salarios y tiempo de trabajo, fortaleciendo el marco sectorial estatal y dotando al sector de mayor cohesión y seguridad jurídica. Es el resultado del trabajo sindical sostenido y de la defensa firme de un modelo de negociación que protege a las personas trabajadoras frente a dinámicas de precarización.
🔺 SUBIDA SALARIAL HISTÓRICA
Se consolida una revalorización acumulada durante la vigencia del convenio de:
📈 15,84 % para los grupos profesionales 1, 2 y 3
📈 16,43 % para el grupo profesional 4
Se trata de una subida progresiva que prioriza los salarios más bajos, contribuyendo a recuperar poder adquisitivo y a reducir brechas internas en un sector altamente feminizado.
📅 Efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.
⏱ REDUCCIÓN DE JORNADA
Se acuerda la reducción progresiva de la jornada máxima anual hasta las 1.695 horas, lo que supone:
– Mejora en conciliación.
– Avance en salud laboral.
– Reconocimiento del desgaste psicosocial del sector.
– Alineamiento con reivindicaciones históricas.
🛡 REFUERZO DEL CONVENIO ESTATAL
El convenio consolida el marco sectorial estatal como mínimo obligatorio, evitando competencia a la baja entre entidades.
Se blinda especialmente:
La cláusula de subrogación, garantizando el mantenimiento del empleo ante cambios de adjudicatario.
La prioridad del convenio estatal frente a intentos de fragmentación.
La aplicación directa en entidades sin convenio propio.
MÁS GARANTÍAS Y MÁS CONTROL
✔ Regulación avanzada del uso de Inteligencia Artificial y gestión algorítmica, declarada actividad de alto riesgo en el sector.
✔ Refuerzo de la Comisión Paritaria como órgano de interpretación y vigilancia.
✔ Protección de condiciones más beneficiosas y regulación garantista del complemento ad personam.
✔ Prioridad de la contratación indefinida y limitación de la temporalidad.
VIGENCIA
– En vigor desde su publicación en BOE.
– Vigente hasta el 31 de diciembre de 2029.
– Ultraactividad garantizada hasta nuevo acuerdo.